jueves, 28 de octubre de 2010

Estudio Previo con Ficha Técnica

ESTUDIO PREVIO

PARA ADQUIRIR VIDEO DE COMERCIALIZACIÓN SOBRE NUESTRO SISTEMA DE INFORMACIÓN SESCO (SISTEMA DE ESTIMACIÓN PARA CONFECCIONES).
1.  Definición de la necesidad que se pretende satisface con la contratación:
De conformidad con lo dispuesto en el literal h) del numeral 4 del artículo 2 de la
Ley 1150 de 2007, en concordancia con el parágrafo 2 del artículo 77 y el artículo
82 del Decreto 2474 del 2008, La empresa de desarrollo Web Industrial , requiere comprar  video de presentación para el sistema de información SESCO (Sistema de Estimación para Confecciones)  debido a la necesidad de presentar de una manera adecuada el sistema de información mencionado anteriormente.

En la actualidad cada vez es más necesario dar a conocer los sistemas de información de una forma más atractiva para los posibles clientes,  por esto se tiene la necesidad de un video para la presentación del sistema de información SESCO de la empresa de  desarrollo Web Industrial.

Con este video se pretende presentar el sistema de información SESCO Buscando llegar a la mayor cantidad de personas que requieran satisfacer necesidades o solucionar inconvenientes por bajo nivel productivo.






2. Descripción del objeto a contratar:
Objeto: LA ADQUISICIÓN DE VIDEO PARA LA DEBIDA PRESENTACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN SESCO (SISTEMA DE ESTIMACIÓN PARA CONFECCIONES)

3. Especificaciones técnicas del video:
    Ver ficha técnica adjunta

4. Obligaciones particulares del contratista:
El contratista se comprometerá a cumplir con las siguientes obligaciones:

a)    Desarrollar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y
           calidad de conformidad con los parámetros establecidos en estos pliegos.

b)     Entregar a Web Industrial los elementos dentro del término previsto dentro   del plazo de ejecución

c)    Ejecutar el objeto del presente contrato bajo las condiciones económicas,
           técnicas y financieras estipuladas en las cláusulas correspondientes y de
           acuerdo con su propuesta y los pliegos de condiciones, los cuales hacen
           parte vinculante del contrato.

d)    El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio
           nombre y por su propia cuenta, costo y riesgo sin que Web Industrial
           adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos.

e)     El contratista deberá avisar a Web Industrial dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos de Web Industrial. De hacer caso omiso a esta obligación deberá responder por los daños y perjuicios que se causen al Web Industrial como consecuencia.

f)     Proveer los elementos de óptima calidad objeto del presente contrato.

g)    El contratista deberá atender todas las especificaciones y requerimientos.


h)   Si el video requerido resulta defectuoso, de mala calidad o de
         especificaciones inferiores a los contratados por Web Industrial, deberán                            
restituirlo el contratista a su costa por otro de buena calidad y con  las especificaciones requeridas, sin que implique modificaciones al plazo de
entrega. Si el proveedor no restituye el video dentro del plazo
estipulado por Web Industrial, éste podrá proceder a declarar el siniestro de
incumplimiento o solicitar el pago de las multas señaladas en el contrato.

i)     El riesgo y propiedad del producto será asumido por parte del proveedor
           hasta que se realice la entrega total a satisfacción en el lugar indicado.

j)      El contratista deberá asumir respecto de su personal los honorarios  o
salarios, horas extras, dominicales y festivos, recargo nocturno,
indemnizaciones y demás prestaciones, afiliación al Sistema de pensiones y
Salud según lo ordenado por la Ley y que se causen durante la ejecución del contrato, atendiendo a la modalidad de vinculación que aplique con las
personas naturales que subcontrate. Igualmente deberá permanecer a
paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral,
parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de
ejecución del contrato y presentar la certificación señalada en el artículo 50
de la Ley 789 de 2002 cada vez que se lo requiera Web Industrial, por cuanto es un requisito previo para los pagos (Art. 23 ley 1150 de 2007).

k)    El proveedor asumirá bajo su cargo la posibilidad de ocurrencia de acciones
legales de embargo emprendidas contra él mismo, que pudiesen afectar el
dinero entregado en forma de anticipo, de modo que no se produzca pérdida para Web Industrial.

l)     El contratista asumirá los perjuicios directos derivados del incumplimiento
total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su
cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son
imputables al contratista garantizado.

m)  El contratista asumirá los perjuicios sufridos con ocasión de la no inversión,
el uso indebido y la apropiación indebida que el contratista garantizado
haga de los dineros o bienes que se le hayan entregado en calidad de
anticipo para la ejecución del contrato.
n)   Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato imparta Web Industrial, a través del supervisor del contrato.





o)    El contratista asumirá los perjuicios imputables al éste que surjan con
posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de la mala
calidad o insuficiencia de la mala calidad del producto entregado, teniendo
en cuenta las condiciones pactadas en el contrato.

p)    Las demás contempladas en la legislación de contratación estatal vigente.

q)    Dentro del plazo señalado como vigencia de la garantía, el Contratista se
obliga a prestar la asesoría técnica e indicar las medidas de contingencia      que se adelantarán en caso de funcionamiento anormal de los equipos, con las siguientes características.

 - El soporte y asistencia técnica debe ser sin costo adicional para Web Industrial.

          - El proponente debe dejar de forma explícita la manera en que se
   prestarán los servicios soporte y la forma como se prestarán.

          - El proponente se compromete a solucionar las situaciones que se originen
por los problemas técnicos del objeto contratado.

          - Un apartado donde se describan los procesos de servicio de soporte
técnico posventa, detallando entre otros:

          - Tiempo de respuesta

- Consultas telefónicas sobre fallas

- Asesoramiento y Asistencia técnica en sitio.














5. Fundamentos jurídicos que soportan la modalidad de selección:
El objeto: LA ADQUISICIÓN DE VIDEO PARA LA DEBIDA PRESENTACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN SESCO (SISTEMA DE ESTIMACIÓN PARA CONFECCIONES),
El marco legal de la presente Selección Abreviada está conformado por
la Constitución Política, las leyes de la República de Colombia y especialmente
por las siguientes disposiciones:
a) Ley 80 de 1993.
b) Ley 1150 de 2007.
c) Decreto 4444 de 2008
d) Decreto 2474 de 2008
e) Decreto 4828 de 2008.
f) Disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que le sean aplicables.
g) Estatuto Tributario.
h) El pliego de condiciones de la presente Selección Abreviada.
i) Las demás normas vigentes que resulten pertinentes de acuerdo con la Ley
Colombiana, que se presumen conocidas por todos los proponentes.





6. Analisis Técnico y Económico

El valor de la contratación es el resultado del análisis, priorización y solicitud del equipo de trabajo de Web Industrial.

Se realizo un sondeo del mercado donde se observa que esta avaluado a CIEN MILL PESOS ML ($100.000) incluyendo el IVA y el 4X 1000, Suma que desembolsada contra entrega.

Consulta del precio indicativo en Institutos y universidades del valle de aburra: De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 3512 de 2003, Acuerdo 004 de 2005 y Acuerdo 009 de 2006, se efectuaron las consultas de precio indicativo del servicio objeto de este proceso de selección con el fin de evitar sobrecostos en la contratación.


Denominación
del bien
Descripción
general
Precio Sice
Certificado de consulta
Sice
Fecha de consulta
Video de presentaciónVideo de presentación para el  sistema de Información SESCO con una duración aproximada  3 minutos que resalte la importancia de la estimación de la producción y gastos en una empresa de confecciones. Tomas de fabricas de producción que reflejen o de una simbología a la aplicación SESCO No Existe$50.000.000







Ficha Técnica


1.Video de Presentación
ITEM
Característica
Valor requerido
Valor ofrecido
1
Video de Presentacion para la Aplicacion SESCO
Especificar














7. Justificación de los factores de selección que permiten identificar la
oferta más favorable para la entidad.
La oferta más favorable para la entidad se seleccionará de acuerdo a los factores
técnicos, económicos, legales y financieros, concerniente a las necesidades a
satisfacer de la Empresa

8. Estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles que
puedan afectar el equilibrio económico del contrato:
De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007,
La Empresa de Desarrollo Web Industrial, entiende por riesgo aquellos hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato se pueden presentar y afectar el normal suministro de equipos y como consecuencia retrasar o suspender la ejecución del contrato, afectando así el equilibrio económico del contrato para uno o ambos extremos contractuales.

En general los efectos favorables o desfavorables de las variaciones de los
componentes técnicos, económicos y financieros para el cabal cumplimiento de las obligaciones contraídas en el contrato.
A partir del perfeccionamiento del Contrato el Contratista asume los efectos derivados de los riesgos que se desprendan de la ejecución del Contrato, sus anexos o que se deriven de su naturaleza.
Por tanto no procederán reclamaciones del contratista basadas en el acaecimiento de alguno de los riesgos que fueran asumidos por el contratista, salvo que dicho
reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactados en el contrato.
Para este tipo de contratación el Centro de Servicios y Gestión Empresarial ha previsto los siguientes riesgos:





DEFINICION DE RIESGO

En Web Industrial se define RIESGO a cualquier posibilidad de afectación con el suministro, la dotación incluida en la presente licitación, que retrase o suspenda la ejecución del contrato, o perjudique en cualquier forma y de acuerdo con la tipificación de los riesgos a funcionarios, terceros o cualquier otro ser humano en su integridad y salud física y mental. El suceso que prevé el riesgo deberá tener relación directa con la ejecución del contrato para que sea asumido como un riesgo del actual proceso de contratación.

CLASIFICACIÓN DE LOS RIESGOS
Existen diversas formas de clasificar los riesgos:
• Por su procedencia
• Por el momento en que se pueden producir
• Por las causas desde las cuales se produce
• Por las áreas que llegue a afectar.

Los riesgos del actual proceso de contratación se clasificarán según su procedencia y momento, sin tener en cuenta las causas y las áreas que llegue a afectar, toda vez que tal daño será siempre dentro de la ejecución del contrato.

CLASIFICACIÓN DEL RIESGO POR SU PROCEDENCIA
Se clasifican y tipifican los riesgos según su procedencia, así:
Riesgos de carácter jurídico
Riesgos de carácter financiero
Riesgos de carácter técnico
Riesgos de carácter económico.
Otros Riesgos

Riesgos de carácter económico: El contratista al momento de presentar su propuesta debe contemplar en la misma la variación que se puede presentar en los precios para el video de presentación, durante la ejecución del contrato, por lo tanto independientemente de las alzas o incrementos en los precios, se
deberá mantener el precio contenido en la propuesta económica presentada por el
contratista y no podrá hacer variaciones que impliquen desmejora de la calidad o
características técnicas exigidas en la ficha técnica.





Riesgos de carácter técnico: El contratista deberá atender todas la especificaciones y requerimientos técnicos estipulados en la ficha técnica según los pliegos de condiciones y en el contrato suscrito por las partes, por lo tanto si al momento de la entrega y recibo de los equipos ofertados se evidencian variaciones entre lo contratado y lo ejecutado el contratista deberá asumir todo el riesgo y por ende responderá en su totalidad por los perjuicios ocasionados al extremo contractual. En este caso el riesgo se asigna en su totalidad al contratista.

Riesgos por modificación al régimen de impuestos:
Si durante la ejecución del contrato y con ocasión de modificaciones a la normatividad vigente en materia tributaria, se modifican las tarifas de los impuestos o se crean otros, siempre que estos estén afectando el contrato en ejecución, el contrato podrá ser modificado, adicionando el valor faltante para que el equilibrio económico se mantenga.
Este riesgo será asumido por la entidad contratante, como ocurre con la contribución del 4*1000. Cuando se trate de impuestos que representen una carga exclusiva para el contratista éstos deberán ser asumidos de manera inmediata por él y no habrá lugar a que el contrato sea modificado para adicionar el valor faltante. La probabilidad de ocurrencia de este evento es baja y el impacto en el equilibrio contractual es bajo y se asigna en su totalidad al contratante en el primer caso y en el segundo totalmente al contratista.

9. Análisis que sustenta la exigencia de garantías destinadas a amparar los
perjuicios de naturaleza contractual o extracontractual, derivados del
incumplimiento del ofrecimiento o del contrato.

El CONTRATISTA seleccionado con la adjudicación del contrato derivado de este
proceso, deberá constituir a favor de la Empresa Web industrial, una garantía que podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, en formato para entidades particulares, o garantía bancaria expedida por un banco local, que otorgue los siguientes amparos:
·         De cumplimiento, por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del
              valor del contrato, por el término de su duración y cuatro (4) meses más,
              contados a partir del perfeccionamiento del contrato.
·         De calidad de los elementos: Por un valor equivalente al cincuenta por
              ciento (50%) del valor del contrato y con un término de vigencia igual a la
     duración del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha          del acta de recibo a satisfacción.

·         Buen manejo y correcta inversión del anticipo: Por un monto
equivalente al 100% del monto que el contratista reciba a título de   anticipo, por el
             término de duración del contrato y cuatro 15 días más, contados a
             partir del perfeccionamiento del contrato.
En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el  Decreto
           4828 de 2008 y las modificaciones al mismo mediante Decreto 2493 de 2009.


10. PLAZO DE EJECUCIÓN: El contrato que se genere de este proceso se debe
ejecutar en quince días calendario, contados a partir de la legalización del Contrato.


11. LUGAR DE EJECUCIÓN O SITIO DE ENTREGA DE LOS BIENES: El
proveedor deberá hacer entrega de los bienes o productos requeridos por Web Industrial, calle 49 número 48 -15 edificio del café piso 31.

12. SUPERVISIÓN la función de supervisor estará a cargo de la persona delegada para este cargo de la empresa Web Industrial.

El presupuesto  del contrato será de CIEN MIL PESOS ($100.000) INCLUYE EL IVA Y EL 4X 1000 para la compra de video de presentación.

13. FORMA DE PAGO
Web Industrial cancelará al Contratista un anticipo equivalente al 50% del valor del contrato satisfacción de los bienes objeto de la contratación por parte de la supervisión quien verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ficha técnica y con la
presentación de la factura respectiva.

14.CONCLUSIÓN
Una vez que se analizan todos los aspectos Web Industrial decide basarse en la mejor elección además de la más viable para satisfacer la necesidad que se determina desde un principio




GABRIEL DE JESUS AGUDELO SAAVEDRA
Gerente
 Web Industrial Ltda.

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